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Remate de Apartamento en Buceo

Remate de Apartamento en Buceo

Remate de Apartamento en Buceo un nuevo remate con oportunidades inmobiliarias un apartamento en el barrio buceo con facilidades para la compra en Montevideo.

  • Apartamento
  • 3 Dormitorios
  • Ubicado en SANTIAGO RIVAS N° 1593
  • APTO. 1002
  • Metros: 63,96
  • Base: 1.794
  • Facilidades: 3.551,92
  • Gastos: 265.000

Valor de la Unidad Reajustable $ 1.626,8
Valor de la Unidad Indexada $ 5,7918
Valor de la Unidad de Ahorro Reajustable $ 50,43
Valor del Dólar Estadounidense $ 39,0 aproximadamente

Si no quieres perderte

Este remate ya se realizó pero hay muchos otros inmuebles y vehículos para rematar si quieres conocer los próximos, visita nuestra sección próximos remates o puedes ver nuestra página de remates haciendo clic aquí Remates en Uruguay

  • Remate el día 14
  • 13:15 hrs
  • en Cerrito 400

AGENCIA NACIONAL DE VIVIENDA – EJECUCIÓN EXTRAJUDICIAL SALA DEL PRIMER PISO – CERRITO Nº 400 13/11/2019 – HORA: 13:15 BASE: 1022,66 UNIDADES REAJUSTABLES EQUIV. A $ 1.222.794 CON FACILIDADES

Por disposición de la AGENCIA NACIONAL DE VIVIENDA (FIDUCIARIO del Fideicomiso Financiero de Oferta Privada CARTERA HIPOTECARIA I FIDEICOMISO FINANCIERO), el martillero Ignacio Picasso (MAT. 6969 – R.U.T. 218351710014) venderá en remate público, al mejor postor y en las condiciones indicadas, unidad de propiedad horizontal 1001, sito en la 18a. Sección Judicial de Montevideo, empadronada individualmente 402569/1001, superficie de 63 mts. 96 dms., localidad catastral Montevideo, con frente Av. Santiago Rivas N° 1593 y según antecedentes administrativos consta de 3 dormitorios.

1º) Esta ejecución se dispone por aplicación de los arts. 80 y 81 de la C. Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay por remisión del art. 34 de la Ley 18.125 en hipoteca Clase 090 Nº 1279 ID 607027 a nombre de COOPERATIVA DE VIVIENDAS “RESIDENTES DE LA CRUZ” y/o sucesores u ocupantes a cualquier título.

2º) El bien se encuentra ocupado y según información del Registro correspondiente al 21/10/2019 no existe contrato de arrendamiento registrado. El Instituto ejercitará las facultades acordadas por el numeral 7º del art. 81 de la Carta Orgánica del B.H.U., para la entrega del inmueble libre de ocupantes, trámite que no obstará a la obligación del mejor postor de integrar el precio y otorgar la escritura de compraventa.

3º) El mejor postor deberá: A) Abonar: a) la suma de $ 265.000 por concepto de gastos de remate, suma que no integra el precio; b) 5% sobre el valor de la oferta en concepto de seña; c) si el precio ofertado supera U.R. 4439,91 (Valor de Mercado) se deberá abonar la diferencia en el acto de remate y d) además deberá pagar 1% de comisión del rematador, más el I.V.A. Todos los pagos son en el acto y deberán realizarse según lo establecido al pie del presente edicto. B) En caso de hacer uso de las facilidades ofrecidas y si corresponde, integrar el saldo de precio que no se financia e ingresar la solicitud de crédito dentro de los 10 días siguientes de la notificación de la aprobación del remate; de no hacer uso de las facilidades deberá integrar la totalidad del precio dentro de los 10 días siguientes de la aprobación del remate. C) La financiación será exclusivamente para el mejor postor, quedando excluidos los que adquieran los derechos de mejor postor. D) El costo de cada cesión de derecho de mejor postor será de U.R. 50. E) En todos los casos el mejor postor deberá escriturar dentro de los 10 días de avisado por la A.N.V., abonar gastos, impuestos, honorarios de escrituras, certificados y lo que se adeude al día de la escrituración por cargas relativas al inmueble, gastos comunes, consumos, tasa de saneamiento, gastos de conexión al saneamiento (Ley 18.840) si corresponde e Impuesto de Enseñanza Primaria, impuestos nacionales y municipales que correspondan. La A.N.V. se hará cargo hasta la fecha del remate del pago exclusivamente, de los siguientes tributos: Tributos de Cobro Conjunto (Tasa General Municipal, Impuesto a la Edificación Inapropiada o del Impuesto a los Baldíos), Contribución Inmobiliaria.

4º) El valor de la unidad reajustable en el mes de octubre de 2019 es de $ 1.195,70. En caso de variar su equivalencia se anunciará en el acto del remate. El saldo de precio se abonará con el valor de la unidad vigente al momento del o de los pagos a cuenta del mismo.

5º) El mejor postor podrá financiar el precio del remate hasta la suma de U.R. 3551,92 en Unidades Indexadas. A tales efectos se deberá cumplir con todos los requisitos exigidos por la Agencia Nacional de Vivienda para ser sujeto de crédito.

6°) Informes en la División Gestión Legal de Cartera de Créditos y en Área Administración de Créditos, Cerrito No.400.- División Gestión Legal de Cartera de Créditos. – Montevideo, 21/10/2019.-

MEDIOS DE PAGO ADMITIDOS SEGÚN LEY 19210 MODIFICATIVAS Y CONCORDANTES: Gastos de remate: hasta U.I. 40.000 en efectivo, letra de cambio o cheque certificado y para sumas superiores solamente letras de cambio cruzadas emitidas por una Institución de Intermediación Financiera a nombre del mejor postor, en pesos uruguayos.

Seña y pagos a cuenta del precio: exclusivamente mediante letras de cambio cruzadas emitidas por una Institución de Intermediación Financiera a nombre del mejor postor, en pesos uruguayos.

Los pagos por gastos y precio deberán hacerse por los instrumentos de pagos referidos, en forma independiente cada uno de ellos. Se advierte la obligación del mejor postor de cumplir con la reglamentación en materia de Origen de los Fondos.

Por más informes, dirigirse al Rematador:

Agencia Nacional de Vivienda
Teléfono: 17217
Interno 7538
desde cualquier parte del país
E-mail: info@anv.gub.uy

Necesita rematadores contáctenos al 099 553 105 o en contacto@rematesuruguay.com