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ANV

Remate de la ANV en Salto

Remate de la ANV en Salto

Remate de la ANV en Salto un nuevo remate de propiedades de la ANV en Salto con grandes facilidades de la Agencia Nacional de Vivienda en Uruguay

AGENCIA NACIONAL DE VIVIENDA

EJECUCIÓN EXTRAJUDICIAL OFICINA DESCENTRALIZADA DE SALTO

  • 442 m2
  • 2 Dormitorios
  • Ubicada en JUNCAL 165
  • ENTRE BRASIL Y 19 DE ABRIL
  • Base: 1.356.104 UR
  • Facilidades: 2.533,50
  • Gastos: 39.000

Valor de la Unidad Reajustable $ 1.626,8
Valor de la Unidad Indexada $ 5,7918
Valor de la Unidad de Ahorro Reajustable $ 50,43
Valor del Dólar Estadounidense $ 39,0 aproximadamente

Si no quieres perderte

Este remate ya se realizó pero hay muchos otros inmuebles y vehículos para rematar si quieres conocer los próximos, visita nuestra sección próximos remates o puedes ver nuestra página de remates haciendo clic aquí Remates en Uruguay

  • Remate 15/10 – 13 hrs
  • BRASIL N° 516 15/10/2019

Padrón 25.521 departamento de Salto, localidad catastral Salto

Por disposición de la AGENCIA NACIONAL DE VIVIENDA (FIDUCIARIO del Fideicomiso Financiero de Oferta Privada CARTERA HIPOTECARIA VII FIDEICOMISO FINANCIERO), el martillero Alfonso Carvallo (MAT 6932 – R.U.T. 160353270016) venderá en remate público, al mejor postor y en las condiciones indicadas, inmueble ubicado en la segunda sección judicial del departamento de Salto, localidad catastral Salto, padrón 25.521, superficie de 441 mts. 95 dms., con frente a la calle Juncal N° 165 entre las calles Brasil y 19 de abril, según antecedentes administrativos consta de 2 dormitorios.

1º) Esta ejecución se dispone por aplicación de los arts. 80 y 81 de la C. Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay por remisión del art. 34 de la Ley 18.125 en hipoteca Clase 100 Serie 800 Nº 2324, ID 51638 a nombre de VIOLETA JOSE ZUBI MESISTRANO y/o sucesores u ocupantes a cualquier título.

2º) El bien se encuentra ocupado y según información del Registro correspondiente al 17/09/2019 no existe contrato de arrendamiento registrado. El Instituto ejercitará las facultades acordadas por el numeral 7º del art. 81 de la Carta Orgánica del B.H.U., para la entrega del inmueble libre de ocupantes, trámite que no obstará a la obligación del mejor postor de integrar el precio y otorgar la escritura de compraventa.

3º) El mejor postor deberá: A) Abonar: A) Abonar: A) Abonar: a) la suma de $ 39.000 por concepto de gastos de remate, suma que no integra el precio; b) 5% sobre el valor de la oferta en concepto de seña; c) si el precio ofertado supera U.R.3166,88 (Valor de Mercado) se deberá abonar la diferencia en el acto de remate; y d) además deberá pagar el 1% del precio al rematador en concepto de impuesto municipal (Ley 12.700 y modificativas) y el 1% de comisión del rematador, más el I.V.A. Todos los pagos son en el acto y deberán realizarse según lo establecido al pie del presente edicto. B) En caso de hacer uso de las facilidades ofrecidas y si corresponde, integrar el saldo de precio que no se financia e ingresar la solicitud de crédito dentro de los 10 días siguientes de la notificación de la aprobación del remate; de no hacer uso de las facilidades deberá integrar la totalidad del precio dentro de los 10 días siguientes de la aprobación del remate. C) La financiación será exclusivamente para el mejor postor, quedando excluidos los que adquieran los derechos de mejor postor. D) El costo de cada cesión de derecho de mejor postor será de U.R. 50. E) En todos los casos el mejor postor deberá escriturar dentro de los 10 días de avisado por la A.N.V., abonar gastos, impuestos, honorarios de escrituras, certificados y lo que se adeude al día de la escrituración por cargas relativas al inmueble, consumos, tasa de saneamiento, gastos de conexión a la red de saneamiento si corresponde (Ley 18.840), impuestos y gastos comunes y especialmente impuesto de Enseñanza Primaria, contribución inmobiliaria y demás tributos municipales y nacionales que correspondan.

4º) El valor de la unidad reajustable en el mes de setiembre de 2019 es de $ 1.193,47. En caso de variar su equivalencia se anunciará en el acto del remate. El saldo de precio se abonará con el valor de la unidad vigente al momento del o de los pagos a cuenta del mismo.

5º) El mejor postor podrá financiar el precio del remate hasta la suma de U.R. 2533,50 en Unidades Indexadas. A tales efectos se deberá cumplir con todos los requisitos exigidos por la Agencia Nacional de Vivienda para ser sujeto de crédito.

6°) Informes en la División Gestión Legal de Cartera de Créditos, Cerrito No.400 y en Oficina Descentralizada de Salto. División Gestión Legal de Cartera de Créditos. Montevideo, 20/09/2019.

MEDIOS DE PAGO ADMITIDOS SEGÚN LEY 19210 MODIFICATIVAS Y CONCORDANTES: Gastos de remate: hasta U.I. 40.000 en efectivo, letra de cambio o cheque certificado y para sumas superiores solamente letras de cambio cruzadas emitidas por una Institución de Intermediación Financiera a nombre del mejor postor, en pesos uruguayos.

Seña y pagos a cuenta del precio: exclusivamente mediante letras de cambio cruzadas emitidas por una Institución de Intermediación Financiera a nombre del mejor postor, en pesos uruguayos.

Los pagos por gastos y precio deberán hacerse por los instrumentos de pagos referidos, en forma independiente cada uno de ellos. Se advierte la obligación del mejor postor de cumplir con la reglamentación en materia de Origen de los Fondos.

Por más informes, dirigirse al Rematador:

Alfonso Carvallo
Móvil: 099 737 028
Matrícula: 6932
R.U.T.: 1603 5327 0016

Necesita rematadores contáctenos al 099 553 105 o en contacto@rematesuruguay.com