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Remates de la ANV en Melo

Remates de la ANV en Melo

Remates de la ANV en Melo uno de los nuevos remates de la Agencia Nacional de Vivienda ANV con facilidades en la ciudad de Melo Cerro Largo Uruguay

Tipo de propiedad:
Casa
Ubicación del inmueble:
Aparicio Saravia N° 1128
Departamento:
Cerro Largo
Ciudad:
Melo
Dimensiones:
537,88 m2
Comodidades:
Dormitorios
Base en Pesos Uruguayos: 406.986
Se subasta con una base de U$S
9.250 Dolares Americanos
Facilidades hasta UR: 1.778,63 UR
Equivalente en Dólares Americanos :
51.100 Dolares Americanos
Gastos del remate: 57.000
Gastos en U$S: 1.300 Dolares Americanos

Valor de la Unidad Reajustable $ 1.626,8
Valor de la Unidad Indexada $ 5,7918
Valor de la Unidad de Ahorro Reajustable $ 50,43
Valor del Dólar Estadounidense $ 39,0 aproximadamente

Si no quieres perderte

Este remate ya se realizó pero hay muchos otros inmuebles y vehículos para rematar si quieres conocer los próximos, visita nuestra sección próximos remates o puedes ver nuestra página de remates haciendo clic aquí Remates en Uruguay

Se Subastara:
el 28 de Agosto
Lugar donde se rematara:
APARICIO SARAVIA N° 551

AGENCIA NACIONAL DE VIVIENDA – EJECUCIÓN EXTRAJUDICIAL
OFICINA DESCENTRALIZADA MELO – APARICIO SARAVIA N° 551
28/08/2020 – HORA 14:00

Por disposición de la AGENCIA NACIONAL DE VIVIENDA (FIDUCIARIO del Fideicomiso Financiero de Oferta Privada CARTERA HIPOTECARIA IV FIDEICOMISO FINANCIERO), el martillero Enrique VIERA (MAT. 6552 – R.U.T. 030210650011) venderá en remate público, al mejor postor y en las condiciones indicadas, inmueble empadronado con el No. 3692, consta de una superficie de 537 metros 88 decímetros, zona urbana sito en la localidad catastral Melo, departamento de Cerro Largo, con frente a la calle Aparicio Saravia N° 1128 y según antecedentes administrativos consta de 4 dormitorios

1º) Esta ejecución se dispone por aplicación de los arts. 80 y 81 de la C. Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay por remisión del art. 34 de la Ley 18.125 en hipoteca Clase 76 Serie 600 N° 76283 (ID 87438) a nombre de JOSE CESAR GOMEZ NUÑEZ y SELVA NELLY ALBARRACIN NOVO y/o sucesores u ocupantes a cualquier título.

2º) El bien se encuentra ocupado y según información del Registro correspondiente al 31/07/2020 no existe contrato de arrendamiento registrado. El Instituto ejercitará las facultades acordadas por el numeral 7º del art. 81 de la Carta Orgánica del B.H.U., para la entrega del inmueble libre de ocupantes, trámite que no obstará a la obligación del mejor postor de integrar el precio y otorgar la escritura de compraventa.

3º) El mejor postor deberá: A) Abonar: a) la suma de $ 57.000 por concepto de gastos de remate, suma que no integra el precio; b) 5% sobre el valor de la oferta en concepto de seña; c) si el precio ofertado supera UR. 1.872,24 (Valor de Mercado) se deberá abonar la diferencia en el acto de remate; y d) Además deberá pagar el 1% del precio al rematador en concepto de impuesto municipal (Ley 12.700 y modificativas) y el 1% de comisión del rematador, más el I.V.A. Todos los pagos son en el acto y deberán realizarse según lo establecido al pie del presente edicto. B) En caso de hacer uso de las facilidades ofrecidas y si corresponde, integrar el saldo de precio que no se financia e ingresar la solicitud de crédito dentro de los 10 días siguientes de la notificación de la aprobación del remate; de no hacer uso de las facilidades deberá integrar la totalidad del precio dentro de los 10 días siguientes de la aprobación del remate. C) La financiación será exclusivamente para el mejor postor, quedando excluidos los que adquieran los derechos de mejor postor. D) El costo de cada cesión de derecho de mejor postor será de U.R. E) En todos los casos el mejor postor deberá escriturar dentro de los 10 días de avisado por la A.N.V., abonar gastos, impuestos, honorarios de escrituras, certificados y lo que se adeude al día de la escrituración por cargas relativas al inmueble, consumos, tasa de saneamiento, gastos de conexión a la red de saneamiento si corresponde (Ley 18.840), impuestos, y especialmente impuesto de Enseñanza Primaria, contribución inmobiliaria y demás tributos municipales y nacionales que correspondan.

4º) El valor de la unidad reajustable en el mes de agosto de 2020 es de $ 1.264,25. El saldo de precio se abonará con el valor de la unidad vigente al momento del o de los pagos a cuenta del mismo.

5º) El mejor postor podrá financiar el precio del remate en Unidades Indexadas, hasta la suma de UR 1.778,63. A tales efectos se deberá cumplir con todos los requisitos exigidos por la Agencia Nacional de Vivienda para ser sujeto de crédito.

6º) Informes en la División Gestión Legal de Cartera de Créditos, Cerrito 400 y en Oficina Descentralizada de Melo. División Gestión Legal de Cartera de Crédito. – Montevideo 07/08/2020.

MEDIOS DE PAGO ADMITIDOS SEGÚN LEGISLACIÓN VIGENTE:

Gastos de remate, seña y pagos a cuenta del precio: hasta U.I. 1.000.000 en efectivo, letra de cambio o cheque certificado, o transferencia de fondos de cuentas del BROU y para sumas superiores solamente letras de cambio cruzadas emitidas por una Institución de Intermediación Financiera, en pesos uruguayos o transferencia de fondos de cuentas del BROU. Los pagos por gastos y precio deberán hacerse por los instrumentos de pagos referidos, en forma independiente cada uno de ellos. Se advierte la obligación del mejor postor de cumplir con la reglamentación en materia de origen de los fondos.

Por más informes, dirigirse al Rematador:

Agencia Nacional de Vivienda
Teléfono: 17217
Interno 7538
desde cualquier parte del país
E-mail: info@anv.gub.uy

Necesita rematadores contáctenos al 099 553 105 o en contacto@rematesuruguay.com