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Subastas de la ANV en la Capital

Subastas de la ANV en la Capital

Subastas de la ANV en la Capital otra de las nuevas subastas extrajudiciales de la ANV en la Capital con base y facilidades para adquirir viviendas en Montevideo


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Este remate ya se realizo pero si quieres conocer los próximos, visita nuestra sección próximos remates o puedes ver nuestra página de remates haciendo clic aquí Remates en Uruguay Remates extrajudiciales Agencia Nacional de Vivienda - Ejecución Extrajudicial El día Martes 15 de Mayo a las 14:30 pm en la Sala de la sede Central de la ANV en la calle Cerrito 400 Primer Piso de la Agencia Nacional de Vivienda de Montevideo Uruguay Base: 1001,60 Unidades Reajustables equivalentes en pesos a $ 1.070.377 Y con facilidades de hasta UR. 3.359,31 Gastos del remate: $ 211.000 Pesos Uruguayos AGENCIA NACIONAL DE VIVIENDA - EJECUCION EXTRAJUDICIAL SALA DEL PRIMER PISO - CERRITO Nº400 Por disposición de la AGENCIA NACIONAL DE VIVIENDA (FIDUCIARIO del Fideicomiso Financiero de Oferta Privada CARTERA HIPOTECARIA VII FIDEICOMISO FINANCIERO), el martillero FELIPE LIMA, (MAT. 6723 - R.U.T. 214990700014) venderá en remate público, al mejor postor y en las condiciones indicadas, unidad de propiedad horizontal N° 1007, empadronada individualmente con el N° 179.621/1007, superficie 50 m. 45 dm., que forma parte del edificio sito en la décimo octava sección judicial del departamento de Montevideo, localidad catastral Montevideo, con frente a la calle Manuel Quintela N° 3166 y según antecedentes administrativos consta de 2 dormitorios.- 1º) Esta ejecución se dispone por aplicación de los arts. 80 y 81 de la C. Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay por remisión del art. 34 de la Ley 18.125 en hipoteca Clase 076 Serie 500 Nº 88692 a nombre de DANIEL RODRIGUEZ MASEDA y SILVIA CORINA LAVIÉ BUELA y/o sucesores u ocupantes a cualquier título.- 2º) El bien se encuentra ocupado y según información del Registro correspondiente al 16/04/18 no existe contrato de arrendamiento registrado. El Instituto ejercitará las facultades acordadas por el numeral 7º del art. 81 de la Carta Orgánica del B.H.U., para la entrega del inmueble libre de ocupantes, trámite que no obstará a la obligación del mejor postor de integrar el precio y otorgar la escritura de compraventa. 3º) El mejor postor deberá: A) Abonar: a) la suma de $ 211.000 por concepto de gastos de remate, suma que no integra el precio; b) 5% sobre el valor de la oferta en concepto de seña; c) si el precio ofertado supera UR.4199,14 (Valor de Mercado) se deberá abonar la diferencia en el acto de remate; y el 1% de comisión del rematador, más el I.V.A. Todos los pagos son en el acto, y se pueden integrar: hasta UI 40.000 en efectivo, letra de cambio o cheque certificado, y para sumas superiores solamente con letras de cambio cruzadas emitidas por una Institución de Intermediación Financiera a nombre del mejor postor (Ley 19210 modificativas y concordantes) .- B) En caso de hacer uso de las facilidades ofrecidas y si corresponde, integrar el saldo de precio que no se financia e ingresar la solicitud de crédito dentro de los 10 días siguientes de la notificación de la aprobación del remate; de no hacer uso de las facilidades deberá integrar la totalidad del precio dentro de los 10 días siguientes de la aprobación del remate. C) La financiación será exclusivamente para el mejor postor, quedando excluidos los que adquieran los derechos de mejor postor. D) El costo de cada cesión de derecho de mejor postor será de U.R. 50. E) En todos los casos el mejor postor deberá escriturar dentro de los 10 días de avisado por la A.N.V., abonar gastos, impuestos, honorarios de escrituras, certificados y lo que se adeude al día de la escrituración por cargas relativas al inmueble, consumos, gastos de conexión al saneamiento (Ley 18.840), si corresponde, Tasa de Saneamiento, impuestos, gastos comunes. La A.N.V. se hará cargo hasta la fecha del remate del pago exclusivamente, de los siguientes tributos: Tributos de Cobro Conjunto (Tasa General Municipal, Impuesto a la Edificación Inapropiada o del Impuesto a los Baldíos), Impuesto de Enseñanza Primaria y Contribución Inmobiliaria. 4º) El valor de la unidad reajustable en el mes de abril de 2018 es de $1068,67. En caso de variar su equivalencia se anunciará en el acto del remate. El saldo de precio se abonará con el valor de la unidad vigente al momento del o de los pagos a cuenta del mismo. 5º) El mejor postor podrá financiar el precio del remate hasta la suma de U.R. 3.359,31 en Unidades Indexadas. A tales efectos se deberá cumplir con todos los requisitos exigidos por la Agencia Nacional de Vivienda para ser sujeto de crédito. 6º) Informes en la División Gestión Legal de Cartera de Crédito, en Área Administración de Crédito, Cerrito No.400.- División Gestión Legal de Cartera de Crédito.- Montevideo, 16/04/2018. aquí les dejamos para ver un Vídeo del Remate con más datos y detalles.