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Subastas Extrajudiciales en Maldonado

Subastas Extrajudiciales en Maldonado

Subastas Extrajudiciales en Maldonado otra de las subastas por órdenes extrajudiciales con grandes facilidades para la compra de vivienda en Maldonado

Casa de 3 Dormitorios en Maldonado

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  • Subasta 23/04 – 14 hrs
  • Facilidades de hasta 2.341,97 UR
  • Casa
  • 3 Dormitorios
  • Base: 692.645 UR
  • EQUIV. A $ 500.936
  • Gastos $39.000

Valor de la Unidad Reajustable $ 1.626,8
Valor de la Unidad Indexada $ 5,7918
Valor de la Unidad de Ahorro Reajustable $ 50,43
Valor del Dólar Estadounidense $ 39,0 aproximadamente

AGENCIA NACIONAL DE VIVIENDA

EJECUCIÓN EXTRAJUDICIAL

CENTRO ESPAÑOL DE MALDONADO
18 DE JULIO Y ARTURO SANTANA
23/04/2019 – HORA: 14:00

Por disposición de la AGENCIA NACIONAL DE VIVIENDA (FIDUCIARIO del Fideicomiso Financiero de Oferta Privada CARTERA HIPOTECARIA VII FIDEICOMISO FINANCIERO), el martillero FERNANDO GARCÍA (MAT 4475 – R.U.T. 212104470018) venderá en remate público, al mejor postor y en las condiciones indicadas, unidad de propiedad horizontal 011, empadronada individualmente N° 20.885/011, superficie 57 mts. 42 dms, que forma parte del edificio sito en la primera sección judicial del departamento de Maldonado, localidad catastral Maldonado, Complejo Habitacional “El Cortijo IV” con frente a calle Camino Lussich Viejo (Los Flamencos entre Génova y Las Gaviotas) unidad 011 y según antecedentes administrativos consta de 3 dormitorios.-

1º) Esta ejecución se dispone por aplicación de los arts. 80 y 81 de la C. Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay por remisión del art. 34 de la Ley 18.125 en hipoteca Clase 130 Serie 002 Nº 491 (ID 42686) a nombre de NELORI SOCIEDAD ANONIMA y/o sucesores u ocupantes a cualquier título.

2º) El bien se encuentra ocupado y según información del Registro correspondiente al 15/03/2019 no existe contrato de arrendamiento registrado. El Instituto ejercitará las facultades acordadas por el numeral 7º del art. 81 de la Carta Orgánica del B.H.U., para la entrega del inmueble libre de ocupantes, trámite que no obstará a la obligación del mejor postor de integrar el precio y otorgar la escritura de compraventa.

3º) El mejor postor deberá: A) Abonar: a) la suma de $ 39.000 por concepto de gastos de remate, suma que no integra el precio; b) 5% sobre el valor de la oferta en concepto de seña; c) si el precio ofertado supera U.R. 2465,23 (Valor de Mercado) se deberá abonar la diferencia en el acto de remate; y d) además deberá pagar el 1% del precio al rematador en concepto de impuesto municipal (Ley 12.700 y modificativas) y el 1% de comisión del rematador, más el I.V.A. Todos los pagos son en el acto y deberán realizarse según lo establecido al pie del presente edicto. B) En caso de hacer uso de las facilidades ofrecidas y si corresponde, integrar el saldo de precio que no se financia e ingresar la solicitud de crédito dentro de los 10 días siguientes de la notificación de la aprobación del remate; de no hacer uso de las facilidades deberá integrar la totalidad del precio dentro de los 10 días siguientes de la aprobación del remate. C) La financiación será exclusivamente para el mejor postor, quedando excluidos los que adquieran los derechos de mejor postor. D) El costo de cada cesión de derecho de mejor postor será de U.R. 50. E) En todos los casos el mejor postor deberá escriturar dentro de los 10 días de avisado por la A.N.V., abonar gastos, impuestos, honorarios de escrituras, certificados y lo que se adeude al día de la escrituración por cargas relativas al inmueble, consumos, tasa de saneamiento, gastos de conexión a la red de saneamiento si corresponde (Ley 18.840), impuestos y gastos comunes y especialmente impuesto de Enseñanza Primaria, contribución inmobiliaria y demás tributos municipales y nacionales que correspondan.

4º) El valor de la unidad reajustable en el mes de marzo de 2019 es de $1161,96. En caso de variar su equivalencia se anunciará en el acto de remate. El saldo de precio se abonará con el valor de la unidad vigente al momento del o de los pagos a cuenta del mismo.

5º) El mejor postor podrá financiar el precio del remate hasta la suma de U.R. 2341,97 en Unidades Indexadas. A tales efectos se deberá cumplir con todos los requisitos exigidos por la Agencia Nacional de Vivienda para ser sujeto de crédito.

6°) Informes en la División Gestión Legal de Cartera de Créditos, Cerrito No.400 y en Oficina Descentralizada de Maldonado. División Gestión Legal de Cartera de Créditos. Montevideo, 26/03/2019

MEDIOS DE PAGO ADMITIDOS SEGÚN LEY 19210 MODIFICATIVAS Y CONCORDANTES: Gastos de remate: hasta U.I. 40.000 en efectivo, letra de cambio o cheque certificado y para sumas superiores solamente letras de cambio cruzadas emitidas por una Institución de Intermediación Financiera a nombre del mejor postor, en pesos uruguayos.

Seña y pagos a cuenta del precio: exclusivamente mediante letras de cambio cruzadas emitidas por una Institución de Intermediación Financiera a nombre del mejor postor, en pesos uruguayos.

Los pagos por gastos y precio deberán hacerse por los instrumentos de pagos referidos, en forma independiente cada uno de ellos. Se advierte la obligación del mejor postor de cumplir con la reglamentación en materia de Origen de los Fondos.

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