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Remate de Casa de la ANV

Remate de Casa de la ANV

Remate de Casa de la ANV otro remate con nuevas oportunidades en viviendas un casa con gran financiación de la ANV para la compra de propiedades en Uruguay

  • Casa esquina
  • 61 m2
  • 3 Dormitorios
  • Base $ 765.078
  • Base en U$S 21.800 aproximadamente
  • Facilidades: 2.605,14 UR
  • Facilidades de hasta U$S 87 mil aproximadamente
  • Gastos $ 38.000

Valor de la Unidad Reajustable $ 1.626,8
Valor de la Unidad Indexada $ 5,7918
Valor de la Unidad de Ahorro Reajustable $ 50,43
Valor del Dólar Estadounidense $ 39,0 aproximadamente

Si no quieres perderte

Este remate ya se realizó pero hay muchos otros inmuebles y vehículos para rematar si quieres conocer los próximos, visita nuestra sección próximos remates o puedes ver nuestra página de remates haciendo clic aquí Remates en Uruguay

EJECUCIÓN EXTRAJUDICIAL EN MALDONADO

Se compran en los remates a un promedio a 50 mil dólares

Y se venden en el mercado desde los 100 mil.

Incluso como renta se alquilan entorno de los 19 mil

¿Consultas frecuentes?

¿La Financiación es para cualquiera?
Si, cualquiera que cumpla con los requisitos puede ser sujeto de crédito.

¿Quién se encarga de la desocupación?
– La ANV entrega libre de ocupantes de cualquier título.

Aclaraciones.
1º – Se rematan las propiedades de NELORIS.A.

2 – La ANV podrá optar por defender su crédito si el precio de venta es muy bajo

AGENCIA NACIONAL DE VIVIENDA – EJECUCIÓN EXTRAJUDICIAL CENTRO ESPAÑOL DE MALDONADO – 18 DE JULIO Y ARTURO SANTANA 16/07/2019 – HORA: 13:00 BASE: 656,64 UNIDADES REAJUSTABLES EQUIV. A $ 765.078 CON FACILIDADES

Por disposición de la AGENCIA NACIONAL DE VIVIENDA (FIDUCIARIO del Fideicomiso Financiero de Oferta Privada CARTERA HIPOTECARIA XI FIDEICOMISO FINANCIERO), el martillero Gabriel Etcheverry (MAT 5659 – R.U.T. 100087950010) venderá en remate público, al mejor postor y en las condiciones indicadas, unidad de propiedad horizontal 011, empadronada individualmente N° 20.883/011, superficie 61 mts. 19 dms, que forma parte del edificio sito en la primera sección judicial del departamento de Maldonado, localidad catastral Maldonado, Complejo Habitacional “El Cortijo II” con frente a calle Los Flamencos esquina Génova y según antecedentes administrativos consta de 3 dormitorios.

1º) Esta ejecución se dispone por aplicación de los arts. 80 y 81 de la C. Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay por remisión del art. 34 de la Ley 18.125 en hipoteca Clase 130 Serie 002 Nº 817 a nombre de NELORI SOCIEDAD ANONIMA y/o sucesores u ocupantes a cualquier título.-

2º) El bien se encuentra ocupado y según información del Registro correspondiente al 17/05/2019 no existe contrato de arrendamiento registrado y surge promesa de compraventa de Nelori S.A. a favor de los cónyuges entre sí Mariana Inés Rodriguez Tejera y Ramón Enrique Guerra Canobra, N°1009 F° 1249 L° 5 del 30/07/1999; cesión a favor de Eduardo Horacio Bolani Cuevo N° 612539 Bis del 01/10/2010; renuncia a la prioridad de la promesa inscripta con el N°1009 F° 1249 L° 5 y promesa de compraventa de Nelori S.A. a favor de Horacio Luis Rivera Ferreira, N° 1208 F° 1442 L° 5; cesión de promesa de Eduardo Horacio Bolani Cuevo a favor de María Silvina Tejera Sosa y Oscar Darío Jara Ramírez; N° 12947 Bis del 18/09/2012. El Instituto ejercitará las facultades acordadas por el numeral 7º del art. 81 de la Carta Orgánica del B.H.U., para la entrega del inmueble libre de ocupantes, trámite que no obstará a la obligación del mejor postor de integrar el precio y otorgar la escritura de compraventa.

3º) El mejor postor deberá: A) Abonar: a) la suma de $ 38.000 por concepto de gastos de remate, suma que no integra el precio; b) 5% sobre el valor de la oferta en concepto de seña; c) si el precio ofertado supera U.R. 2.742,25 (Valor de Mercado) se deberá abonar la diferencia en el acto del remate; y d) además deberá pagar el 1% del precio al rematador en concepto de impuesto municipal (Ley 12.700 y modificativas) y el 1% de comisión del rematador, más el I.V.A. Todos los pagos son en el acto y deberán realizarse según lo establecido al pie del presente edicto. B) En caso de hacer uso de las facilidades ofrecidas y si corresponde, integrar el saldo de precio que no se financia e ingresar la solicitud de crédito dentro de los 10 días siguientes de la notificación de la aprobación del remate; de no hacer uso de las facilidades deberá integrar la totalidad del precio dentro de los 10 días siguientes de la aprobación del remate. C) La financiación será exclusivamente para el mejor postor, quedando excluidos los que adquieran los derechos de mejor postor. D) El costo de cada cesión de derecho de mejor postor será de U.R. 50. E) En todos los casos el mejor postor deberá escriturar dentro de los 10 días de avisado por la A.N.V., abonar gastos, impuestos, honorarios de escrituras, certificados y lo que se adeude al día de la escrituración por cargas relativas al inmueble, consumos, tasa de saneamiento, gastos de conexión a la red de saneamiento si corresponde (Ley 18.840), impuestos y gastos comunes y especialmente impuesto de Enseñanza Primaria, contribución inmobiliaria y demás tributos municipales y nacionales que correspondan.

4º) El valor de la unidad reajustable en el mes de mayo de 2019 es de $ 1.165,14. En caso de variar su equivalencia se anunciará en el acto del remate. El saldo de precio se abonará con el valor de la unidad vigente al momento del o de los pagos a cuenta del mismo.

5º) El mejor postor podrá financiar el precio del remate hasta la suma de U.R. 2.605,14 en Unidades Indexadas. A tales efectos se deberá cumplir con todos los requisitos exigidos por la Agencia Nacional de Vivienda para ser sujeto de crédito.

6°) Informes en la División Gestión Legal de Cartera de Créditos, Cerrito No.400 y en Oficina Descentralizada de Maldonado. División Gestión Legal de Cartera de Créditos. Montevideo, 27/05/2019.

MEDIOS DE PAGO ADMITIDOS SEGÚN LEY 19210 MODIFICATIVAS Y CONCORDANTES: Gastos de remate: hasta U.I. 40.000 en efectivo, letra de cambio o cheque certificado y para sumas superiores solamente letras de cambio cruzadas emitidas por una Institución de Intermediación Financiera a nombre del mejor postor, en pesos uruguayos.

Seña y pagos a cuenta del precio: exclusivamente mediante letras de cambio cruzadas emitidas por una Institución de Intermediación Financiera a nombre del mejor postor, en pesos uruguayos.

Los pagos por gastos y precio deberán hacerse por los instrumentos de pagos referidos, en forma independiente cada uno de ellos. Se advierte la obligación del mejor postor de cumplir con la reglamentación en materia de Origen de los Fondos.