Apartamento en Arroyo Seco un nuevo remate de propiedades un apartamento de 2 Dormitorios en el Barrio Arroyo Seco en Montevideo
Remate Judicial de Apartamento
- Sup. 46 m.
- 2 dormitorios
- Ubicado en Avda. Agraciada 2727 bis
- Apto. 6
- entre San Fructuoso y Entre Río
Si no quieres perderte
Este remate ya se realizó pero hay muchos otros inmuebles y vehículos para rematar si quieres conocer los próximos, visita nuestra sección próximos remates o puedes ver nuestra página de remates haciendo clic aquí Remates en Uruguay
- Remate 22/8 14 y 30 hs.
- en Uruguay 826
Seña 30 % – Comis. e IVA 3,66%
Exp. IUE 2-19584/2017
EDICTO:
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 18º Turno, dictada en autos: » CACERES, AMILCAR y otros c/ BORGES, AGUSTINA – EJECUCIÓN DE HIPOTECA» IUE 2-19584/2017, se hace saber que el 22 de agosto de 2019 a partir de las 14:30 horas en Av. Uruguay 826 por intermedio del Rematador ELBIO ARAÚJO Matrícula N° 1874 RUT 210338700013 en acto presidido por la Sra. Alguacil del Juzgado, se procederá a la venta en pública subasta sin base, al mejor postor y en dólares estadounidenses del siguiente bien inmueble: Unidad de propiedad horizontal CERO CERO SEIS (006), que forma parte del edificio empadronado con el número CINCUENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO (54.585) sito en la 8a. Sección Judicial del departamento de Montevideo, zona urbana, que según plano de mensura y división del Agrimensor Carlos A. Macazaga de octubre de 1974, inscripto en la Dirección Gral. de Catastro Nacional con el Nº 76.332 el 2 de diciembre de 1974 consta de un área de 481 m 8396 cm con 10 m 38 cm de frente al Noreste a la Avda. Agraciada señalada su puerta con el Nº 2727 Bis, entre las calles San Fructuoso y Entre Ríos, distando su punto medio 61 m 17 cm de la esquina formada por la primera. La unidad se encuentra empadronada individualmente con el número CINCUENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO BARRA CERO CERO SEIS (54.585/006) y según el plano citado se ubica en dependencias de Planta Baja a cota vertical más cero metro 58 centímetros con una superficie de 39 metros 1026 centímetros y en Primer Piso a cota vertical más 3 metros 75 centímetros con una superficie de 7 metros 0740 centímetros; superficie total de la unidad 46 metros 1.766 cm y le corresponde el uso exclusivo de las Azoteas J uno y M uno (bienes comunes).
SE PREVIENE:
1) Que el mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en el acto de serle aceptada la misma dando cumplimiento a los requisitos de la ley 19210 y modificativas (Ley de Inclusión Financiera).
2) Que será de cargo del mejor postor los gastos y honorarios de escrituración e impuestos que la ley pone a su cargo así como la comisión de compra del rematador e impuestos o sea el 3,66% del precio de remate, todo lo que deberá pagarse en el acto y con los medios previstos por la ley de inclusión financiera.
3) Que será de cargo del expediente la comisión de venta e impuestos o sea el 1,22% del precio de remate.- 4) Se desconoce cuál es el estado actual de ocupación de la propiedad a rematarse, así como la existencia y regularidad estructural y fiscal de las construcciones que pudieran existir en ella.
5) Existen deudas de Tributos domiciliarios, tarifa de Saneamiento así como del impuesto de Enseñanza Primaria.
6) Únicamente podrán descontarse del saldo de precio los eventuales adeudos por Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria hasta la fecha del remate.
7) El mejor postor dispondrá de un plazo de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo para la integración del saldo de precio.
8) Sobre el padrón recaen afectaciones y ensanches que según certificado expedido por la Intendencia de Montevideo el 23/6/18 no afectan a la Unidad 006.
9) El mejor postor deberá saber y tomar conocimiento del deber de colaboración de la información requerida por el rematador (ley 18494 y decreto reglamentario 355/2010 Prevención y Control de lavado de Activos) pudiendo ser responsable de los daños y perjuicios que hubiere causado su falta de colaboración.
10) Las eventuales deudas de OSE no son de cargo del expediente.
11) No se presentó el Certificado de Saneamiento previsto por el articulo 15 de la Ley 18840.
12) La subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente, información registral y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado, Palacio de los Tribunales Pasaje de los Derechos Humanos 1309 piso 2.- Montevideo, 19 de julio de 2019
Por más informes, dirigirse al Rematador:
Araujo Elbio
Móvil: 099 192 310
E-mail: consultas@elbioaraujo.com
Matrícula: 1874
RUT: 2103 3870 0013