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Remates Judiciales en Río Negro

Remates Impo

Remates Judiciales en Río Negro otro de los remates de inmuebles por ordenes judiciales sin base al mejor postor en el departamento de Río Negro Uruguay

REMATES PODER JUDICIAL RÍO NEGRO JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FRAY BENTOS SEGUNDO TURNO

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Este remate ya se realizó pero hay muchos otros inmuebles y vehículos para rematar si quieres conocer los próximos, visita nuestra sección próximos remates o puedes ver nuestra página de remates haciendo clic aquí Remates en Uruguay

El día 16 de Marzo a las 15 pm en Av. 18 de Julio 2067, Fray Bentos, Río Negro, Uruguay. Si quieres ver las fechas de este y los próximos remates puedes acceder a la agenda de remates aquí Google Plus Edicto: Por disposición del Sr. Juez Letrado de Primera Instancia de Fray Bentos de 2° turno, en autos caratulados. «REPUBLICA AFISA C/ URIVSKY LITVINOV, LIDA Y MALAROV, PABLO. EJECUCION PRENDARIA E HIPOTECARIA.» FICHA 317.309/2002, se hace saber al público que le día 16 de marzo de 2016 a la hora 15.00, en puertas del local de remate sito en Av. 18 de Julio 2067- Fray Bentos, por intermedio del rematador HECTOR CORONEL, Matrícula 2676, asistido por el Sr. Alguacil, procederá a la venta en subasta pública sin base, al mejor postor y en dolares americanos del bien inmueble hipotecado: INMUEBLE padrón N° 25 sito en la Localidad Catastral San Javier, manzana 5, Solar A, plano del Agrimensor Alberto Darre, de julio de 1954, inscripto con el n° 954 del 29/7/58 en la oficina de Catastro de Río Negro. SE PREVIENE: 1) Que el precio del bien inmueble a subastar se fija en dolares americanos, al mejor postor, quien deberá consignar el 20% de su oferta en el momento de serle aceptada la misma, mas comisión y tributos que por Ley son de cargo del mejor postor. 2) Que los títulos del bien a subastar se encuentran a disposición de los interesados en la Actuaria de esta Sede. 3) No existe agregada carpeta municipal de construcción, desconociéndose la existencia de deudas frente a dichos organismos. 4) Se desconoce el estado de ocupación actual del inmueble a rematar. 5) Con relación al inmueble podrá descontarse: a) el 2% del impuesto a las trasmisiones patrimoniales correspondiente al ejecutado; b) IRPF: impuesto a la renta de las personas físicas por incrementos patrimoniales; c) contribución inmobiliaria y enseñanza primaria; d) el 1% del impuesto municipal; e) honorarios por liquidación del IRPF correspondiente al ejecutado. 6) Se autorizan cinco publicaciones. Fray Bentos, 15 de Febrero del año 2016. Esc. MARCELO SALABERRY FERNANDEZ, ACTUARIO. IMPO Fecha de Publicación: 9/02/2016 Página: 85 Carilla: 85 Aviso de Remate N° 3803/016]]>