Saltar al contenido

Subasta del Banco Hipotecario

Subasta del Banco Hipotecario

Subasta del Banco Hipotecario una nueva oportunidad en subasta extrajudicial del Banco Hipotecario del Uruguay con base y facilidades en Montevideo Uruguay


Publicidad
Este remate ya se realizo pero si quieres conocer los próximos, visita nuestra sección próximos remates o puedes ver nuestra página de remates haciendo clic aquí Remates en Uruguay

BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY – EJECUCIÓN EXTRAJUDICIAL CON FACILIDADES Día Martes 06 de Febrero a las 14 pm en la cede central del BHU Fernández Crespo 1508 esquina 18 de Julio, Montevideo, Uruguay El inmueble esta ubicado en Bulevar José Batlle y Ordoñez 5039 con un área de 46,79 m2 Se rematara con una base de UR. 251,14 equivalente en pesos uruguayos $ 256.445 Gastos del remate en pesos uruguayos $ 2.013.941 BHU – REMATE EXTRAJUDICIAL Por disposición del Banco Hipotecario del Uruguay, el martillero Nicolás Vicente Perillo Rodríguez (MAT 6812- RUT 217883950011), vende en remate público, al mejor postor y en las condiciones indicadas, el inmueble empadronado con el Nº 50.796/SS/101, con una superficie de 46,79 m2 sito en la ciudad de MONTEVIDEO, departamento y localidad catastral de MONTEVIDEO, con frente a calle BULEVAR JOSE BATLLE Y ORDOÑEZ Número 5039 entre las calles Eduardo Pondal y Las Violetas. 1º) Esta ejecución se dispone por la aplicación de los arts. 80º y 81º de la Carta Orgánica para la hipoteca identificada con el número CLASE 100 SERIE 600 Nº 348900 y CLASE 100 SERIE 800 N° 34900 – ID 068735, a nombre de MARIO ABILIO LOPEZ ADAM Y ELSA LUCIA SALAZAR y/o sucesores u ocupantes a cualquier título. 2º) El bien se encuentra ocupado y según información del Registro Propiedad Inmueble correspondiente al 13/11/ 2017, no existe contrato de arrendamiento registrado. No surge de la información registral obtenida segunda hipoteca. La Institución ejercitará las facultades acordadas por el numeral 7º del art. 81º de la Carta Orgánica, para la entrega del inmueble libre de ocupantes, trámite que no obsta a la obligación del mejor postor de integrar el precio y otorgar la escritura de compraventa. 3º) El mejor postor debe: a) abonar en el acto la suma de $ dos millones trece mil novecientos cuarenta y uno (pesos uruguayos 2.013.941), por concepto de gastos de remate, suma que no integra el precio, el 1% de comisión del rematador más el IVA y, además, en caso de que el bien no esté ubicado en el Departamento de Montevideo, debe pagar el 1% del precio al rematador por concepto de impuesto municipal (Ley 12.700); b) debe abonar también el día del remate el 30% de su oferta al contado a cuenta del precio; c) en caso de hacer uso de las facilidades ofrecidas y si corresponde, debe integrar, dentro de los 30 días siguientes al recibo del telegrama colacionado con la comunicación de la aprobación del remate, el saldo de precio que no se financie e ingresar la solicitud de crédito; d) en caso de no hacer uso de las facilidades, debe integrar la totalidad del precio dentro de los 30 días siguientes al recibo del telegrama colacionado de notificación de aprobación del remate; e) en todos los casos, los mejores postores, deben abonar gastos, impuestos, honorarios de escritura, certificados y lo que se adeude al día de la escrituración por cargas relativas al inmueble, consumos, impuestos y gastos comunes. 4º) El valor de la unidad reajustable en el mes de ENERO de 2018 es de $ 1.021,11 (pesos uruguayos: mil veintiuno con once centésimas). En caso de variar su equivalencia, se anuncia en el momento del remate. El saldo de precio se abona con el valor de la unidad reajustable vigente al momento del o de los pagos a cuenta de éste, cuando el pago se hace contado o por transferencia bancaria. f) Las formas de pago aceptadas por el Banco son: medios de pago electrónicos, cheques certificados cruzados no a la orden, o letras de cambio cruzadas emitidas por una institución de intermediación financiera a nombre del mejor postor. En caso de abonar a través de los documentos mencionados se toma el valor de la unidad reajustable vigente al momento de la acreditación de los mencionados documentos en el sistema contable del Banco. 5º) El comprador puede financiar el precio del remate hasta un máximo de Unidades Reajustables trescientos setenta y seis con cuarenta y dos (UR 376,42) siempre que cumpla con todos los requisitos establecidos para ser aceptado como sujeto de crédito y que el 70% del precio no supere esta cifra, de hacerlo, la diferencia debe abonarse al contado mediante cualquiera de los instrumentos de pago indicados en el numeral 4º f. Dicha financiación se hace en unidades indexadas (UI) al valor de dicha unidad de cuenta a la fecha de otorgamiento de la escritura de préstamo hipotecario. A tales efectos se debe cumplir con todos y cada uno de los requisitos exigidos por la Institución para ser sujeto de crédito. Por informes dirigirse a la División Seguimiento y Recuperación de Activos del BHU Casa Central – Fernández Crespo 1508 – Planta Baja – Montevideo, 18 de enero de 2018. aquí les dejamos para ver un Vídeo del Remate con más datos y detalles.