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Casa del BHU en Carmelo

Casa del BHU en Carmelo

Casa del BHU en Carmelo otra oportunidad en propiedades con facilidades del Banco Hipotecario del Uruguay ahora una casa del BHU en Carmelo

  • Tipo de propiedad:
  • Casa
  • Ubicación del inmueble:
  • 25 de Agosto s/n entre calles Treinta y Tres y 18 de Julio
  • Barrio:
  • Carmelo
  • Departamento:
  • Colonia
  • Dimensiones:
  • 377 m2
  • Se subastará con una base:
  • UR 1.130,83
  • en Pesos Uruguayos:
  • $ 1.618.800
  • en Dólares Americanos
  • U$S 39.500 Aprox.
  • Gastos del remate:
  • $ 614.499
  • Gastos en Dólares
  • U$S 1500 Aprox.
  • Padrón:
  • 4339
  • localidad catastral
  • Carmelo
  • Departamento de
  • Colonia

Valor de la Unidad Reajustable $ 1.626,8
Valor de la Unidad Indexada $ 5,7918
Valor de la Unidad de Ahorro Reajustable $ 50,43
Valor del Dólar Estadounidense $ 39,0 aproximadamente

  • Remate Extrajudicial
  • Día: 11
  • Hora: 14
  • BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY
  • SUCURSAL COLONIA DE BHU
  • GENERAL FLORES 302
  • COLONIA DE SACRAMENTO

Por disposición del Banco Hipotecario del Uruguay, el martillero Carlos Veliz (MAT 6291 RUT 040397070011), vende en remate público, al mejor postor y en las condiciones indicadas, el inmueble empadronado con el número 4339, con una superficie de 377 metros 6 decímetros, sito en el Departamento de Colonia, Localidad Catastral Carmelo, con frente a la calle 25 de Agosto s/n entre calles Treinta y Tres y 18 de Julio. 

1º) Esta ejecución se dispone por la aplicación de los arts. 80º y 81º de la Carta Orgánica, en la redacción dada por los arts. 473 y siguientes de la Ley 19.924 y Decreto 269/021, para la Hipoteca identificada con el número: Clase 076 serie 200 COL 3 número 49743, Clase 076 serie 200 REFC 2 números 49743, Garantía ID 66871, a nombre de  JORGE OMAR PADRON DIAZ Y CARMEN TERESA MADRID AMBROGI y/o sucesores u ocupantes a cualquier título. 

2º) El bien se encuentra ocupado y según información del Registro Propiedad Inmueble correspondiente al 24 de marzo de 2022, no existe contrato de arrendamiento registrado. No surge de la información registral obtenida segunda hipoteca. La Institución ejercitará las facultades acordadas por el numeral 7º del art. 81º de la Carta Orgánica, para la entrega del inmueble libre de ocupantes, trámite que no obsta a la obligación del mejor postor de integrar el precio y otorgar la escritura de compraventa. 

3º) El mejor postor deberá: a) abonar en el acto la suma de pesos uruguayos seiscientos catorce mil cuatrocientos noventa y nueve ($ 614.499), por concepto de gastos de remate, suma que no integra el precio, el 1% de comisión del rematador más el IVA y, además, en caso de que el bien no esté ubicado en el Departamento de Montevideo, debe pagar el 1% del precio al rematador por concepto de impuesto municipal (Ley 12.700); b) debe abonar también el día del remate el 30% de su oferta al contado a cuenta del precio; c) en caso de hacer uso de las facilidades ofrecidas y si corresponde, debe integrar, dentro de los 30 días siguientes al recibo del telegrama colacionado con la comunicación de la aprobación del remate, el saldo de precio que no se financie e ingresar la solicitud de crédito; d) en caso de no hacer uso de las facilidades, debe integrar la totalidad del precio dentro de los 30 días siguientes al recibo del telegrama colacionado de notificación de aprobación del remate; e) en todos los casos, los mejores postores, deben abonar gastos, impuestos, honorarios de escritura, certificados y lo que se adeude al día de la escrituración por cargas relativas al inmueble, consumos, impuestos y gastos comunes. 

4º) El valor de la Unidad Reajustable en el mes de Abril de 2022 es de $ 1.431,52 (pesos uruguayos: un mil cuatrocientos treinta y uno con cincuenta y dos centésimas). En caso de variar su equivalencia, se anuncia en el momento del remate. El saldo de precio se abona con el valor de la unidad reajustable vigente al momento del o de los pagos a cuenta de éste, cuando el pago se hace contado o por transferencia bancaria.  f) Formas de pago. Todos los pagos son en el acto. Las formas de pago aceptadas por el Banco son: medios de pago electrónicos, transferencias de fondos, cheques certificados cruzados no a la orden, o letras de cambio cruzadas emitidas por una institución de intermediación financiera a nombre del mejor postor. Los pagos por gastos y precio deberán hacerse por los referidos instrumentos de pago, en forma independiente cada uno de ellos. En caso de abonar a través de los documentos mencionados se toma el valor de la unidad reajustable vigente al momento de la acreditación de los mencionados documentos en el sistema contable del Banco. Se advierte al mejor postor la obligación de cumplir con la reglamentación vigente en BHU en materia de origen de los fondos.

5º) El comprador puede financiar el precio del remate hasta un máximo de Unidades Reajustables mil quinientos ochenta y tres con dieciséis centésimas (UR 1.583,16) siempre que cumpla con todos los requisitos establecidos para ser aceptado como sujeto de crédito y que el 70% del precio no supere esta cifra, de hacerlo, la diferencia debe abonarse al contado mediante cualquiera de los instrumentos de pago indicados en el numeral 4º f.  Dicha financiación se hace en unidades indexadas (UI) al valor de dicha unidad de cuenta a la fecha de otorgamiento de la escritura de préstamo hipotecario. A tales efectos se debe cumplir con todos y cada uno de los requisitos exigidos por la Institución para ser sujeto de crédito.  Por informes dirigirse a la División Seguimiento y Recuperación de Activos del BHU Casa Central – Fernández Crespo 1508 – Planta Baja – Montevideo, 25 de Abril de 2022

Por más informes, dirigirse al Rematador:

BHU Banco Hipotecario del Uruguay
E-mail: info@bhu.net
Teléfono: 1911
Dirección: Fernández Crespo 1508

Necesita rematadores contáctenos al 099 553 105 o en contacto@rematesuruguay.com